Presidente puede decretar estados de excepción focalizados – Periodico Expectativa – Noticias de Ibarra Imbabura Ecuador
Presidente puede decretar estados de excepción focalizados
Los Jueces de la Corte Constitucional ante la situación que vive el país por la pandemia del Covid- 19 y la falta de camas UCI para atender a nuevos pacientes infectados, emitió un comunicado en el que señala que el presidente de la República como Jefe de gobierno del Estado ecuatoriano, tiene la atribución constitucional para decretar Estado de excepción, siempre que se cumpla una de las causales del artículo 164 de la Constitución.
El documento expresa que el Primer mandatario podría dictar una suspensión del derecho a la libertad de tránsito y un eventual toque de queda en un sector del país que lo requiera por tiempo determinado, es decir un Estado de excepción focalizado y debidamente justificado.